En Mediodía Noticias, la doctora Silvia Arce respondió consultas frecuentes de jubilados y pensionados, despejando dudas sobre trámites y derechos previsionales. Como ocurre durante su segmento, la especialista explicó distintos casos relacionados con pensiones, aportes y beneficios.
Uno de los temas que generó mayor interés fue la pregunta de una mujer que contó haber estado en pareja durante 30 años y que recientemente enviudó. La doctora Arce confirmó que sí puede acceder a una pensión, pero aclaró que debe cumplir ciertos requisitos y realizar los trámites correspondientes para acreditar la convivencia y formalizar la solicitud ante la ANSES.
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“‘No me casé pero viví 30 años con mi pareja y falleció, ¿me corresponde la pensión?’“, leyó la abogada. Y agregó que ”sí te corresponde, lo que pasa es que hay que armar un expediente de convivencia”.
“Hay que investigar y buscar pruebas. Tenés que probar que estaban en la misma casa, con servicios, con luz, con gas, con teléfono. Si tenían algún bien registrado en nombre de los dos, si tenían, por ejemplo, obras sociales. Hay que armar muy bien un expediente de convivencia y así tener la pensión”, agregó.

Cómo se puede acreditar la convivencia
La convivencia puede acreditarse mediante distintos tipos de pruebas, como declaraciones de testigos, documentos compartidos (servicios, cuentas bancarias, domicilio en común), o la certificación de concubinato emitida por el registro civil o un juez de paz.
Es recomendable reunir toda la documentación posible antes de iniciar el trámite para agilizar el proceso y evitar demoras, ya que cada caso es evaluado de manera individual por la ANSES.

